Todo autónomo o empresa debe enfrentar el pago de impuestos de una manera organizada y programada en el tiempo. Los plazos para hacer las presentaciones y los pagos de cada trimestre, finalizan habitualmente el día 20 del mes posterior a la finalización del trimestre, o en caso de que este sea festivo, el día hábil inmediatamente posterior a ese. Ahora vamos a ver los cuatro impuestos más comunes que se presentan dentro de estos plazos
Modelo 130 de pagos fraccionados de Renta
Impuesto que se limita a autónomos y que busca gravar de manera anticipada el beneficio obtenido por trimestre. Tiene un tipo fijo del 20% y en cada liquidación se totalizan los ingresos y gastos de los trimestres anteriores y se descuentan tanto las retenciones soportadas como los impuestos pagados en los trimestres anteriores. Su plazo de presentación se extiende de los días 1 al 20 del mes posterior al cierre del trimestre y es aplazable.
Este modelo se presenta para el Régimen de Estimación Directa, pero en el caso de la Estimación Objetiva o más popularmente conocida como “Módulos”, el modelo a presentar es el 131 y se calcula de un modo totalmente distinto.
Modelo 111 de retenciones e ingresos a cuenta
Este modelo liquida las retenciones repercutidas en facturas recibidas por servicios profesionales, además de las retenciones practicadas en las nóminas de los empleados que uno pueda tener. Por lo tanto resulta de presentación obligatoria tanto para profesionales como para empresas. Su plazo de presentación también se extiende de los días 1 al 20 del mes posterior al cierre del trimestre y en este caso nos encontramos que no se puede aplazar.
Modelo 115 de retenciones e ingresos a cuenta
En este caso nos encontramos con el último de los modelos para efectuar pagos a cuenta de Renta. Este modelo recoge las retenciones repercutidas en facturas recibidas por arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles. Nos encontramos en un caso similar que el anterior, ya que este impuesto es presentado también tanto por profesionales como por empresas. Su plazo de presentación también se extiende de los días 1 al 20 del mes posterior al cierre del trimestre y en este tampoco se puede aplazar.
Modelo 303 de IVA
El modelo 303 recoge trimestralmente los cobros de IVA devengado y los pagos de IVA deducible que se desprenden del registro contable de las mismas. Este modelo al igual que los modelos 115 y 111, se presenta tanto por parte de empresas como por autónomos, pero en este caso sí que nos encontramos con un modelo aplazable. El plazo de presentación del IVA para los tres primeros trimestres del año coincide con los anteriormente mencionados. No obstante a diferencia de los otros modelos mencionados, el plazo de presentación del IVA del cuarto trimestre de cada ejercicio se extiende hasta el día 30 de enero. por norma general y salvo que el calendario fiscal indique lo contrario.
Resúmenes Anuales
Son los modelos más desconocidos por la gran mayoría de contribuyentes ya que solo se acostumbran a tener presentes los impuestos trimestrales por su carácter recaudatorio e impacto directo en las finanzas del autónomo o empresario. No obstante son muy relevantes ya que su falta de presentación conlleva sanciones administrativas y su correcta confección es muy importante, ya que son usados por la Administración para cotejar los datos que los contribuyentes han presentado durante el año. De acuerdo con los impuestos mencionados, nos encontramos con el modelo 390 para la recapitulación del IVA, el modelo 190 en lo referente al resumen anual del modelo 111 y el modelo 180 para el resumen anual del modelo 115.

